Este Juzgado se declara INCOMPETENTE para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad y ordena remitirlo al Juzgado distribuidor de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortíz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.