En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR PRESCRIPCIÓN, impuesta al penado JENICKSON EDUARDO PIÑA MERCADO, venezolano, natural de la Victoria, Estado Aragua, de 21 años de edad, nacido en fecha 29-07-1990, Titular de la Cedula de Identidad Nº 20.267.110, de Estado Civil Soltero, de profesión u oficio estudiante, domiciliado en San Mateo, Zamora, barrio el triunfo, calle bicentenario, Nº 26, Estado Aragua, suficientemente identificado ut supra, quedando en consecuencia extinguidas las penas accesorias a las que igualmente fue condenado dicho ciudadano, de conformidad con lo establecido en el artículo 112.1 del Código Penal, en concordancia con el artículo 471.1 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Pr.....