En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, sede San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR PRESCRIPCIÓN, impuesta al penado VICTOR RAMON CASTILLO, Indocumentado, y quien al ser aprehendido manifestó Ser de Nacionalidad Venezolana, natural de Guanare, estado Portuguesa, nacido el día 16-01-1952, de 64 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, domiciliado en Bocaina 1B, calle Lourdes, N° 103-A-28, Parroquia Miguel Peña, Valencia, estado Carabobo, quedando en consecuencia extinguidas las penas accesorias a las que igualmente fue condenado dicho ciudadano, de conformidad con lo establecido en el artículo 112.1 del Código Penal, en concordancia con el artículo 471.1 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley del.....