Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO ESTADAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUARICO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO : se le solicita información al Centro de Residencia Supervisada Dr. "Félix Saturnino Angulo Ariza" del Estado Aragua "en donde exprese hasta que día con precisión el penado RAUL JOSE RIVERO PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.130.995 cumplió a cabalidad la medida revocada. SEGUNDO: Se acuerda el exhorto al Tribunal de Primera instancia que deba conocer en la ciudad de Maracay, Estado Aragua, y el mismo se realizará por auto separado. ASI SE DECIDE.
Se ordena notificar al penado RAUL JOSE RIVERO PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.130.995, quien se encuentra recluido en el centro Penitenciario " Tocoron", Aragua. A la defensora publica Nº 11 Abog. Marydeé Rodríguez Carrillo. Al Centro de Residenc.....