Por todo lo expresado Este Tribunal Primero de Primera instancia en funciones de ejecución del estado Guárico- Sede en San Juan de los Morros, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión: ACUERDA LA APERTURA DEL PROCEDIMIENTO PARA OPTAR AL BENEFICIO PROCESAL DESTACAMENTO DE TRABAJO AL PENADO PASTOR JOSE CABELLOS LARA, titular de la cédula de identidad N° V-23.952.668, por tener el tiempo de pena cumplido y requerido para optar por el beneficio solicitado, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal y el articulo 500 del Codigo Orgánico Procesal Penal ya derogado. Notifíquese a las partes. Déjese copia. Diarícese y Ofíciese lo conducente.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
ABG.DETMAN MIRABAL ARISMENDI
LA SECRETARIA,
ABG. MARIELBI TERAN MORENO