Este Tribunal Primero de Ejecución de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros del estado Guárico, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: LA EXTINCIÓN DE LA PENA y DE LA ACCIÓN PENAL, POR CUMPLIMIENTO DE PENA. Al penado JOSE DEL CARMEN MONTILLA HERNANDEZ, Venezolano, Natural de Distrito Mendoza, Estado Trujillo, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.764.770, nacido el día 06/08/1958, soltero, de profesión u oficio Chofer, residenciado en calle el Jobo, callejón Ortiz, casa Nº 01-A, Frente al Taller de Mecánica. De conformidad con los artículos 105 del Código Penal y 471, 474, Del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. Por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del código penal, cometido en perjuicio del ciudadano que en vida respondía al nombre de José María Rosales. SEGUNDO: En.....