Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, sede San Juan de los Morros, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA CON LUGAR la solicitud realizada por la ABG. NANCY DIAZ, en su carácter de Coordinadora del Centro de Residencia Supervisada "General Ezequiel Zamora", según oficio N° MPPSP/CRSGEZ/2015/160014, de fecha 13 de Diciembre de 2015, concerniente al otorgamiento de autorización para PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL, a favor del penado (residente), RICHARD JESUS GUTIERREZ TORRES; Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-20.745.191, natural de Tejería, estado Aragua, nacido el día 07-04-1988, de 28 años de edad, soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Colinas de Bucaral, casa s/n de la Población de Ortiz, Estado Guárico, Hijo de Alminda Torres.....