D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Acción MeroDeclarativa de Concubinato, intentada por la ciudadana IGNACIA YOLANDA RONDÓN, plenamente identificada en autos, en contra de la ciudadana GERALYS IRENE NAZARETH VELAZQUEZ ESCORCHE, ambas plenamente identificadas en autos, y en contra de los HEREDEROS DESCONOCIDOS del causante GERARDO ALBERTO VELÁZQUEZ.
SEGUNDO: SE DECLARA que existió una relación concubinaria entre los ciudadanos IGNACIA YOLANDA RONDÓN y GERARDO ALBERTO VELÁZQUEZ por un lapso comprendido desde el 14 de Febrero el año 1.997 hasta el día 03 de Junio de 2.011, fecha en que ocurrió la muerte del referido difunto.-
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el último aparte del art.....