En este sentido, se admiten y se comisiona suficientemente al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA CAMAGUÁN Y SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, para que fije oportunidades en que la parte promovente presente a los testigos mencionados y declaren conforme al interrogatorio que les será formulado a viva voz. Líbrese oficio y despacho de comisión con las inserciones e indicaciones de Ley.
En cuanto a las PRUEBAS DOCUMENTALES, promovidas por cada una de las partes, el tribunal accidental las admite, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, y ha lugar en derecho.
En cuanto a las pruebas de informes promovidas por cada una de las partes, este tribunal accidental las admites, y en consecuencia, a los fines conducentes se acuerda librar oficios a la Superintendencia de Bancos (SUDEBAN), en Caracas, y a la Agencia del Banco de Venezuela, Calabozo. Líbren.....