JUZGADO SEGUNDO ACCIDENTAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.
Calabozo, diez de diciembre de dos mil quince (10/12/2.015). Años 205º y 156º.----
Vista la QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, interpuesta por el ciudadano HÉCTOR RAFAEL MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº V.-6.862.072, en su carácter de representante de la Fundación La Hermosa, contra la ciudadana YANET MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-17.373.221, contra YANET MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.-17.373.221; vista además la reforma presentada en fecha 23/10/2.015; asimismo, revisados los recaudos acompañados a los referidos escritos, en los cuales se evidencia que hay suficientes indicios de la ocurrencia del despojo, el tribunal conforme a lo establecido en el artículo 699 del Código de Procedimiento Civil, la admite por no ser contraria a derecho, ni a.....