D I S P O S I T I V A
Es por lo que este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y la consecuente EXTINCIÓN del presente procedimiento por SOLICITUD DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana YELITZA ARACELYS MEDINA ROMÁN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.165.186, domiciliada en la comunidad de Verita, carrera 21 con calle 10 casa S/N en la ciudad de Calabozo Municipio Francisco de Miranda, estado Guárico, quien actúa en representación de sus hijas (IDENTIDADES OMITIDAS), contra el ciudadano ALI RAMÓN REYES SÁEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.368.088, domiciliado en la comunidad de Verita, carrera 21 con calle 10 y 11 casa S/N en la ci.....