Visto el contenido del Acta levantada por ante este Tribunal en fecha 15-03-2.017, mediante la cual se dejó constancia del manifiesto de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO OROPEZA y YASMILIA ADELAIDA FLORES SANCHEZ, quienes celebraron acuerdo conciliatorio a favor de sus hijos el adolescente JOSÉ MIGUEL, el niño ALEXANDER DE JESÚS y la niña (IDENTIDADES OMITIDAS), de 15,11 y 09 años de edad, respectivamente; lo que se evidencia al folio 21 del presente expediente. Este tribunal a los fines de la prosecución del juicio y en pro del interés superior del adolescente, el niño y la niña, tomando en cuenta la capacidad y manifiesto del ciudadano demandado, así como el manifiesto de la ciudadana actora de autos; procede actuando de conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y con el único aparte del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, debido a que tal actuación no es contraria al orden público y versa sobre derechos disponibl.....