D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos tanto de hecho como de derecho, explanados con anterioridad, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO interpuesta por el ciudadano FELIX ALOIS JELINEK MALDONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-1.753.052, asistido por la abogada ARACELY MALDONADO MONTOYA, inscrita en el Inpre-Abogado, bajo el Nº 157.176, juicio por DIVORCIO incoado contra la ciudadana MARÍA ELOISA MORGANTI MONTANA DE JELINEK, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-8.268.869; con fundamento en las causales previstas en los numerales segundo (2º) y tercero (3º) del artículo 185 del Código Civil, quedando e.....