Así las cosas, de un simple cómputo realizado por secretaría a través del calendario judicial y de los libros respectivos, tal como fue solicitado por la parte intimante, acerca de los días correspondientes al lapso para la comparecencia del intimado a pagar o en su defecto a hacer oposición, se constata que el mismo empezó a transcurrirle al día de despacho siguiente al 04/02/2.015, fecha en la cual la alguacil del tribunal dejó constancia de la intimación materializada, iniciando el plazo de diez (10) días de despacho que a tal efecto le otorga la ley al intimado, días que son: Jueves 05, viernes 06, martes 10, miércoles 11, jueves 12, viernes 13, miércoles 18, viernes 20, lunes 23, y miércoles 25 de febrero del presente año; fecha esta última en la que precluyó el plazo concedido.
En consecuencia, este tribunal debe establecer que la oposición al decreto intimatorio, hecha por el intimado, ciudadano JONATHAN ALEX HEVIA MONTOYA, mediante diligencia de fecha 18/03/2.015, la misma fu.....