En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expresadas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia (CIVIL), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACIÓN A LA TRANSACCIÓN, efectuada por ambas partes del presente juicio; por un lado, la apoderada judicial de la parte intimante, abogada DELIS JACQUELINE OSUNA MINGORRO, inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nº 83.609, y por otro lado, la parte intimada, la COMPAÑÍA ANÓNIMA CIEVENCA, CORPORACIÓN IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DE VENEZUELA C.A., representada por su Presidente, ciudadano NOLBERTO ANTONIO MATERAN BASTIDAS, asistido por el abogado en ejercicio JULIO CÉSAR TIAPA, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el Nº 26.330; y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte.....