DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expresados éste TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en su Competencia CIVIL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara LA NULIDAD DE TODAS LAS ACTUACIONES DEL PRESENTE EXPEDIENTE; de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, contentivo del juicio de reconocimiento de unión concubinaria y nulidad de ventas, interpuesto por la ciudadana CARMEN ISABEL AGUILAR DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.265.655, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio GLADYS GUEDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.719.486, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 88.691, en contra del.....