D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la presente esta decisión, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE PRÉSTAMO A INTERESES, incoada por el abogado JUAN RAFAEL AGUIRRE HERRERA, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el número 128.864, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte accionante MERCANTIL C.A., Banco Universal, (antes Banco Mercantil C.A., Banco Universal), contra la Sociedad Mercantil RESTAURANT PIZZERÍA LA VEGA C.A., originalmente inscrita en el Registro Mercantil III de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, el 12 de febrero del año 1.998, bajo el Nº 43, tomo 1-A, por ante la misma oficina de Registro Mercantil y nuevamente modificada en fecha 10 .....