D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS que fue registrada por ante el Registro Mercantil III del Estado Guárico, en fecha 29-11-2.001, bajo el Nº 16, Tomo 5-A; demanda interpuesta por el ciudadano YSHAN BAROUKUI ERCHEID, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad número V.-5.591.868, señalando que actúa con el carácter de socio mayoritario y gerente de la empresa COMPLEJO AGRÍCOLA INDUSTRIAL, C.A (COMAINCA), asistido por el abogado JESÚS ANTONIO ANATO, inscrito en el INPRE-ABOGADO bajo el Nº 90.906, contra los ciudadanos RAMÓN JOSÉ BAROUKI RECHED o JOSÉ ALEJANDRO BAROUKI URBINA, en nombre d.....