Por los razonamientos anteriormente expresados, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por la ciudadana KARINA DE LOS ANGELES LLOVERA HENRIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.794.813, con domicilio en esta ciudad de Calabozo-Estado Guárico. Contra el ciudadano PEDRO RAFAEL RAMÍREZ MORENO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.405.392, con domicilio en esta ciudad de Calabozo-Estado Guárico; con fundamento en el numeral Segundo (2do.) del artículo l85º del Código Civil, en concordancia con el artículo 755 y subsiguiente del Código de Procedimiento Civil, quedando en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial.....