D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos anteriormente expresados, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO interpuesta por el ciudadano VICTOR DE JESUS CALDERON CADENA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-8.623.481, domiciliado en esta ciudad de Calabozo Estado Guárico, debidamente asistido por el Abogado JOSE SATURNINO GARCIA BAEZ, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el Nº 158.053, de este mismo domicilio contra la ciudadana LESBIA DILSEIS OJEDA ARAUJO, venezolana, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-10.801.967, de este mismo domicilio; con fundamento en la causal prevista en el Numeral 2º, del Artículo 185 del Códig.....