este tribunal advierte que el precitado ciudadano fue condenado por el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal en fecha 09 de junio de 2004 a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de HURTO CALIFCADO y HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previstos y sancionados en los artículos 455 ordinal 4° y 454 ordinal 8°, por lo que procede a ordenar la ejecución de dicha sentencia, conforme al artículo 479, en relación con el 482 ambos del Código Orgánico Procesal Penal,; y en tal sentido se observa lo siguiente:
PRIMERO
El Sentenciado JOSE FRANCISCO VILERA, venezolano, natural de Villa de Cura, Estado Aragua, casado, de profesión u oficio mesonero, nacido el 28/08/1971 y titular de la cédula de identidad Nº 10.666.269, fue detenido por primera vez en fecha 26 de febrero de 2003, permaneciendo detenido DOS (0.....