DISPOSITIVA
El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal de Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley dicta el siguiente pronunciamiento: DECLARA que el Reo REINALDO ACOSTA ARTEAGA, quien es venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.626.041, HA REDIMIDO de su condena un tiempo de Nueve (09) meses y Catorce (14) días de fecha 06-07-2005 que no habían sido tomados en cuenta en la ejecución de su nueva condena, nos da un total de detención de Seis (06) años, Once (11) meses y veintiséis (26) días; en virtud que fue condenado a cumplir la pena de Nueve (09) años de prisión, por la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, le falta por cumplir de la pena impuesta un total de Dos (02) años, Cuatro (04) meses, de prisión, pena que terminará de cumplir en fecha 24-08-20010 a las doce del Meridiem, de .....