Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:1)Ejecuta la sentencia definitivamente firme dictada por el tribunal de control 04 de este Circuito Judicial Penal contra los ciudadanos HECTOR LAUREANO REQUENA LOVERA, JUAN SOTO NIEVES, Y LUIS ENRIQUE SOTO REQUENA,venezolano, natural de Tiura Estado guarico , nacido el 04-07-1975, de 30 años de edad, soltero, profesión u oficio agricultor, hijo de ELEUTERIO REQUENA, y ANGELINA LOVERA ambos viven , titular de la cedula de identidad Nº 13.429.181, residenciado en Tiura calle principal casa Nº 02 frente a la Cruz Altagracia de Orituco, Estado Guarico. JUAN SOTO NIEVES, venezolano, natural de Tiura, Estado Guarico, nacido el 24-07-1949, de 55 años de edad, concubino.....