DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONMUTADA EL RESTO DE PENA EN CONFINAMIENTO al penado YOEL JOHAN LIENDO, titular de la cédula de identidad N° 16.074.974, natural de El Sombrero, Estado Guárico, soltero obrero, de 24 años de edad, con residencia en la calle Alegría, Barrio Caja de Agua, casa N° 10 de El Sombrero, Estado Guárico, por un tiempo igual al que resta de pena, con aumento de una tercera (1/3) parte, cumpliendo en definitiva la pena el 27 DE FEBRERO DE 2006 a las 5:00 a.m. En consecuencia se ordena el traslado del penado ante este Despacho, a los fines de ser impuesto de las condiciones que deberá cumplir durante el lapso de cumplimiento de confinamiento, las cual.....