DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 03 del Circuito Judicial Penal con sede en San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se Decreta la Extinción de la Pena y por consiguiente, la Libertad Plena, a favor del ciudadano GIOVANNY RAMON HERNANDEZ CASTILLO, venezolano, natural de esta ciudad, donde nació el 24-12-1987, de 21 años, soltero, obrero, hijo de María Castillo y Cirilo Hernández, residenciado en la calle Francisco de Miranda, Sector Las Majaguas, Barrios Las Palmas, de esta ciudad y titular de la cédula de identidad Nº 20.246.387, en virtud de haber cumplido la totalidad de la pena que le fuera impuesta, todo de conformidad con lo previsto en los artículos ordinal 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y 105 del Código Penal Venezolano.
Notifíquese al penado al Fiscal Noveno del Mi.....