DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por imperio de la Ley, declara PRESCRITA LA PENA que le fuera impuesta al ciudadano OVEL CLEMENTE FERNANDEZ VERA, venezolano, nacido en San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 17-07-1988, de 21 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio taxista, hijo de Miriam de Fernández (v) y José Gregorio Fernández (f), residenciado en el Barrio Puerto Rico, calle El Roble, casa S/N al lado de la Iglesia Evangélica, San Juan de los Morros, Estado Guárico y titular de la cédula de identidad N°. V-21.818.195, de OCHO (08) MESES Y CINCO (05) DIAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 en relación con el artículo 418, ambos del Código Penal Venezolano; mas las acces.....