acuerda: EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, como formula de cumplimiento de pena, la cual extinguirá el día 06-04-2009, a las 12:00 horas del día, a favor del penado Asgruman Ramón Maluenga, venezolano, casado, natural de El Sombrero, de 54 años (15-01-49), operador de máquinas, y titular de la Cédula de Identidad N° V-4.390.211, consistente en la permanecía de este beneficiario en el Centro de Tratamiento Comunitario ¿Dr. F.S. Ángulo Ariza¿, ubicado en Maracay, Aragua, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° y 553 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en los artículos 7, 65, y 67, todos de la deroga Ley de Régimen Penitenciario.