DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente señaladas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se Declara extinción de la pena que le fue impuesta al penado que en vida respondiera al nombre de JOSE RAMON JIMENEZ DONDIZ, titular de la cédula de identidad 3.220.335, por muerte, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 del Código Penal y 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y notifíquese la presente decisión.
LA JUEZA DE EJECUCION Nº 03
ABG. ELVIA GARCIA REQUENA
EL SECRETARIO
ABG. ANDRÉS GONZÁLEZ MORA