DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA LA GRACIA DE CONMUTACIÓN DE PENA POR CONFINAMIENTO al penado EDGAR JOSE RANGEL RIVERO , venezolano, soltero, obrero, nacido en La Guaira, Estado Vargas el 14-12-1980, de 24 años de edad, y titular de la cédula de identidad V-16.508.453, y que culminará en fecha 06 de Enero de 20069 a las 12:00 de la noche, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 20, 53 y 56 del Código Penal y artículos 511 y ordinal 1º 479 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual deberá cumplir en la siguiente dirección: Urbanización Las Dalias El Nacional, Las Casitas Nº 71, Los Teques del Estado Miranda igualmente queda obligado el penado a cumplir las siguientes condiciones:
1.- No cambiar de r.....