DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: REDIMIR LA PENA por el tiempo de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS, al condenado MANUEL ALEJANDRO RIVERO ANDUEZA, venezolano, natural de San Antonio del Táchira, donde nació el 14-05-1983, de 26 años, soltero, comerciante, hijo de Humberto Rivero (v) y Josefina Andueza (v), domiciliado en la Calle Principal, casa N° 13, Sector Caracol, Población Vallecito, Estado Aragua, y titular de Cédula de Identidad N° V-16.694.707, actualmente recluido en el Internado Judicial Los Pinos de esta ciudad, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 479, ordinal 1°, 507 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con los artículos 2, 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de .....