En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley , ACUERDA EL AUXILIO FISCAL solicitado por el ciudadano ALEXIS RAMÓN HERNANDEZ SILVA, titular de la cédula de identidad N° 11.796.351, domiciliado en el Barrio Pinto Salinas, calle el canal, Quinta Alex, de esta ciudad de Calabozo, por ser Procedente el mismo y en consecuencia se ordena al Ministerio Público, la practica de las diligencias indicadas en la presente solicitud por ser procedentes las mismas y ajustadas a derecho, según el presunto delito señalado por la presunta victima como es una APROPIACIÓN INDEBIDA SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 466 del Código Penal Venezolano, cometido por el ciudadano GERARDO ALFONZO MENDOZA, en perjuicio de Alexis Ramón Hernández Silva, y así acreditar e.....