Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela decide: : PRIMERO: Se declara Sin Lugar la solicitud del Ministerio Publico de que se decrete Medida de Coerción Persona y en su lugar se decreta la libertad plena del ciudadano DARWIN JOSE VILERA FONTALVO, quien es venezolano, natural de esta ciudad donde nació el 07/04/1.985, de 23 años de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cedula de identidad Nº 19.601.939, hijo de José Bernabé Vilera y de Margarita Regino, quien tiene su domicilio en el Barrio La Trinidad, Calle 04 entre Carreras 07 y 08, Casa Nº 26, todo ello conforme al artículo 49, ordinal 6 de la Constitución Nacional y 1º del Texto Sustantivo. SEGUNDO: Acuerda la prosecución del proceso bajo las reglas del Procedimiento Ordinario, conforme a lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, a fin de que el Minis.....