En consecuencia, éste Tribunal Primero en Funciones de Control Nº 01l del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Decreta la APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano imputado FRANKLIN ALEXANDER PEREIRA CHAPARRO, antes identificado, en el presunto delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 05 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores y conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Acuerda la prosecución del proceso bajo las reglas del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme a lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, a fin de que el Ministerio Publico continué con las investigaciones.
TERCERO: Decreta medida de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD para el ciudadano FRANKLIN ALEXANDER PEREIRA CHAPARRO, venez.....