Este Juzgado Primero de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y con fundamento a los artículos 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal emitió los siguientes pronunciamientos: Se admitió en su totalidad la Acusación Penal en contra de los ciudadanos NICOLÁS RAMÓN LANDAETA, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, VIOLACIÓN previsto y sancionado en los artículos 458 y 374 ordinal 1° del Código Penal venezolano vigente y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en el artículo 218 ejusdem; y en contra del ciudadano JOSÉ MANUEL CONTRERAS, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, VIOLACIÓN y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 458, 374 ordinal 1° y 277 todos del Código Penal venezolano vigente. Se admitieron totalmente las pruebas ofrecidas por el Minist.....