Por las razones expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declina el conocimiento de la presente solicitud de acción de amparo a la Corte de Apelaciones del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, todo de conformidad con el artículo 64, último aparte del Código Órgano Procesal Penal Se ordena la remisión inmediata del Asunto y notificar al accionante y su defendido. Librese boletas y Oficios necesarios.