En consecuencia, éste Tribunal Primero en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Se decreta como FLAGRANTE la aprehensión del ciudadano imputado JOSE GREGORIO RODRIGUEZ SULBARAN, en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO cometido durante la ejecución de un delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal, en perjuicio de SERGIO FERNANDO LOPEZ LAYA, en virtud de encontrarse llenas las exigencias establecidas en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: A los fines de que el Ministerio Publico continué con las investigaciones, se acuerda la prosecución del proceso bajo las reglas del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme a lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal,
TERCERO: Se decreta se decreta medi.....