En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: A tenor de lo previsto en los artículos 326 y 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admite parcialmente la acusación presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Guárico, en contra de los ciudadanos DOMINGO RAMON GONZALEZ GONZALEZ y DIXON AQUILES GONZALEZ MIRABAL, por el delito de INCENDIO previsto y sancionado en el artículo 343 en relación con el ordinal 1º del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana EDITH MILENA MUÑOZ y de los adolescentes EDUARDO JOSE TOVAR RIVERO y JOSE GREGORIO TOVAR, bajo las circunstancias de modo, tiempo y lugar que están determinadas en los autos. SEGUNDO: Admite los medios de prueba presentados por el Ministerio Público y por la Defensa, en su escrito del 20/04/.....