Es por las anteriores consideraciones que este Tribunal Nº 01 de Control de la Extensión Calabozo del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta:
UNICO: De conformidad con lo establecido en los artículos 49 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1°, 131, 191, 195 y 282 del Código Orgánico Procesal Penal; se ordena la reposición de la presente causa al estado en que la Fiscalía Segunda del Ministerio Público; notifique a los ciudadanos: PEDRO JOSE RODRIGUEZ, quien es venezolano, natural de Maracay, Estado Aragua, de 40 años de edad, residenciado en la Urbanización El Portal, calle J, casa N° 34, San Juan de los Morros, Estado Guárico, C.I. 7.291.623.; CARLOS NARCISO CORTEZ LADERA, venezolano, natural de calabozo, Estado Guárico, de 35 años de edad, nacido el 26-08-1.967, soltero, cabo segundo de la Policía del Estado Guárico, residenciado en l.....