En atención al anterior resultado de la experticia realizada; considera el Tribunal improcedente la entrega del referido vehículo a la solicitante; si bien la adquisición del mismo por parte de la solicitante, es de buena fe; el Tribunal en base a lo anterior, no podría convalidar dicho negocio jurídico; pues el origen de dicho vehículo no se encuentra legítimamente determinado; presumiéndose como consecuencia del examen pericial, que dicho vehículo podría provenir de la comisión de delito; motivos por los cuales se declara SIN LUGAR, la solicitud de entrega de vehículo descrito en las actuaciones; interpuesta por la ciudadana LIGIA MARGARITA ALVARADO MELGAREJO, debidamente asistida por las abogadas IBELICETH CARPIO y GRACIELA GARRIDO. Y así se decide
Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público a los efectos de que prosiga con las investigaciones relativas a la procedencia del mencionado vehículo.
Notifíquese a las partes de la publicación del.....