Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ORDENA LA LIBERTAD PLENA, de manera inmediata, del ciudadano JESÚS ALBERTO GONZÁLEZ MADRID, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.115.219; de conformidad con lo establecido en los artículos 44 numeral 1 y 49 numeral 8 ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: ORDENA DEJAR SIN EFECTO el oficio N° 530 de fecha 18-02-2000 emanado del extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal para el Régimen Procesal Transitorio del Estado Guárico, debiendo además ordenarse la exclusión del SIIPOL del ciudadano en cuestión con motivo de este caso.