"...este Juzgado de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico - Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano: José Gregorio González, plenamente identificado, por la comisión del delito de Hurto Agravado en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8° en relación con el artículo 80 segundo aparte del Código Penal Venezolano, por cuanto no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y por consiguiente no hay base para solicitar su enjuiciamiento, todo ello de conformidad con los artículos 318 ordinal 4° y 108 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal penal..."