Una vez oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 326 y 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, Se Admite en su totalidad la Acusación presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Estado Guárico, en contra de los ciudadanos, MIGUEL ANGEL ESCOBAR TOVAR, por la comisión de los delitos de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES Y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 2º y articulo 286, concatenado con el artículo 83 primer aparte del Código Penal, JOSE FRANCISCO MITCHELL BLANCO, por la comisión de los delitos de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DEL.....