Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA PENAL, en el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar con sede en Ciudad Bolívar, en virtud que el ciudadano FIGUEROA PEREZ CARLOS EDUARDO, titular de la cédula de identidad Nº V-16.640.68 se encuentra solicitado por ese Juzgado Segundo de Control de Ciudad Bolívar, según reporte de SIIPOL:1.- solicitud por ante el Tribunal de Control Nº 02 de Ciudad Bolívar-Estado Bolívar, mediante Oficio Nº 1686 de fecha 06-08-2010 del Expediente FP01-P-2007-003640, no específica delito. En consecuencia, se ordena la remisión de las presentes actuaciones y el traslado inmediato del ciudadano FIGUEROA P.....