Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda conceder al Ministerio Publico, un plazo determinado para presentar el correspondiente acto conclusivo, considerando que falta elementos que recabar en la presente investigación, siendo la fecha de vencimiento de dicho plazo en fecha 19/01/09. Se ordenó el traslado de los ciudadanos imputados al sitio de reclusión El Cuartelito e Maracay Estado Aragua.