Por las razones de hecho y derecho antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a hacer el siguiente pronunciamiento: Punto Previo: declara IMPROCEDENTE la solicitud de la defensa y en consecuencia, NIEGA la Sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre los imputados RONALD YSMAEL ARMADA CARRASQUEL y LUIS ALFREDO TOVAR CARRILLO, por una Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad de las contempladas en el artículo 256 de la ley adjetiva penal. PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía 2º del Ministerio Público, en contra de los acusados RONALD YSMAEL ARMADA CARRASQUEL, por la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE COOPERADOR, previsto y sancionado en el artículo 455 en conc.....