Oídas como han sido las partes en la presente audiencia, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara Sin Lugar la solicitud de la defensa en relación a la nulidad de las actuaciones solicitadas por cuanto las mismas fueron autorizadas por el tribunal de Control en su oportunidad legal. SEGUNDO: Se decreta la aprehensión en flagrancia de los ciudadanos imputados FRANCISCO JAVIER MARQUEZ SULBARAN, y JOSE GERONIMO ALAS PEREZ, conforme a lo previsto en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se decreta Medida Privativa de Libertad a los ciudadanos imputados FRANCISCO JAVIER MARQUEZ SULBARAN, y JOSE GERONIMO ALAS PEREZ, por encontrarse llenos los extremos del articulo 250 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los del.....