Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control el Circuito judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Se ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION presentada por el Fiscal Segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial en contra del Ciudadano MARIO DE JESUS PEREZ quién es de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Tucupido Estado Guárico, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Maria Perez y de padre desconocido, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.673.499, con domicilio en la Calle Sucre; sin número de la Población El Rastro Estado Guárico, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO previsto en el artículo 411 del Código Penal, cometido en perjuicio del Ciudadano JEAN CARLOS LOZADA dando cumplimiento a lo es.....