Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley analizados y leídos como lo fueron los escritos y demás recaudos provenientes de la Vindicta Pública, DECRETA MEDIDA CAUTELAR contenida en los ordinales 1° y 5° del artículo 39 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia y artículo 120 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA al Ciudadano HECTOR JOSE GARCIA, quien es de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio Ingeniero, de estado civil soltero, natural de Barcelona estado Anzoátegui y titular de la Cédula de Identidad N° V-1.198.018, residenciado en esta Ciudad en el Conjunto Residencial del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, ubicado en la Urbanización Misión Arriba detrás del Parque Recre.....