Por todas las circunstancias precedentes este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara con lugar la excepción opuesta y consecuencialmente se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, que se le sigue a la Ciudadana MELIDA YELITZA SILVA PEREZ, quién es de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficios del hogar, natural de San Fernando de Apure Estado Apure, titular de la Cédula de Identidad N° 12.475.997, residenciadad en el Fundo La Cuchurrera, Carretera Nacional La Negra Camagúan Estado Guárico, por la comisión del delito de HURTO DE GANADO MAYOR (Vacuno), previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera en el cual aparece como Víctima la Ciudadana JUANA SENAIT P.....