El tribual DECRETA EL ARCHIVO del presente asunto signado con el N° JJ11-S-2002-000089 seguido en contra de los ciudadanos RAFAEL DOMINGO RUBIO AGUILAR, de nacionalidad venezolana, natural de El Samán Estado Apure, titular de la Cédula de Identidad N° 15.101.734, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, de 23 años de edad, con fecha de nacimiento 26-06-78, residenciado en la parcela N° 01, grupo 01, sector Lecherito 01 del Municipio Francisco de Miranda Estado Guárico y REYNALDO RAMON RUBIO AGUILAR, de nacionalidad venezolana, natural de El Samán Estado Apure, titular de la Cédula de Identidad N° 17.373367, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, de 21 años de edad, con fecha de nacimiento 15-06-80, residenciado en la Parcela N° 01, Grupo 01 Sector Lecherito 01 del Municipio Francisco de Miranda Estado Guárico, conforme a lo previsto en el artículo 314 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal.